Las utilidades son un derecho laboral que todo trabajador formal de México puede obtener, este permite a los empleados obtener una parte de las ganancias generadas por la empresa; esto se encuentra estipulado dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Así como los plazos para darlos; sin embargo, algunos trabajadores recibirán este monto hasta el próximo 29 de junio.
La entrega de utilidades comenzó desde el 1 de abril y terminó este viernes 30 de mayo. Sin embargo; dentro del artículo 516 de la LFT, se señala que existen dos plazos diferentes para hacer el reparto de este dinero, y en caso de que no hayas recibido el monto del 1 de abril al 30 de mayo; es posible que pertenezcas al grupo que lo recibirá hasta el próximo mes de junio.
¿QUÉ TRABAJADORES RECIBIRÁN SUS UTILIDADES HASTA EL 29 DE JUNIO?
La LFT señala que hay dos plazos para recibir las utilidades, uno es del 1 de abril hasta el 30 de mayo, mientras que el segundo es del 1 de mayo hasta el 29 de junio. Este segundo período aplica para aquellos trabajadores que laboran para una persona física, es decir, un patrón; este plazo debe respetarse y en caso de no hacerlo, los empleados podrán hacer una denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
Es importante señalar que, aunque el reparto de utilidades es un derecho laboral en México y se encuentra estipulado en la LFT. Algunos trabajadores no pueden acceder a este monto, esto mismo se encuentra señalado dentro de las leyes laborales del país, y es importante identificar si eres o no acreedor a recibir este dinero.
¿QUÉ TRABAJADORES NO PUEDEN RECIBIR UTILIDADES?
De acuerdo con la legislación laboral, el reparto de utilidades no aplica para ciertos trabajadores de México, la LFT señala a los empleados que no pueden recibir este derecho laboral y son:
- Los trabajadores que hayan laborado menos de 60 días durante el año o ejercicio fiscal correspondiente.
- Trabajadores domésticos.
- Directores, administradores y gerentes generales de las empresas.
- Socios o accionistas de las empresas.
- Quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.