Para este año, el pago en marcha otorgado por la Secretaría del Bienestar al adulto auxiliar de la persona derechohabiente fallecida, será de 3 mil 200 pesos, siempre que pertenezca al padrón de beneficiarios, y para el 2027 se llevará a cabo una actualización.
De acuerdo al Diario Oficial de la Federación (DOF), en el 2007 surgió el "Programa 70 y más" que otorgaba mil pesos de manera bimestral, pero fue en el 2010 cuando se adicionó por primera vez el apoyo económico de "pago de marcha" por un monto de mil pesos que se otorgaba por única ocasión cuando la persona beneficiaria falleciera.
Con el pasar de los años, este apoyo fue aumentando de manera gradual hasta llegar actualmente al monto mencionado de 3 mil 200 pesos, y el cual se actualizará para el 2027 dependiendo del presupuesto con el que cuente la dependencia.
Para la emisión de este pago en marcha, será indispensable que la persona adulta auxiliar, no haya recibido ningún pago posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente y podrá ser solicitado exclusivamente por la persona adulta auxiliar, presentando identificación oficial y original del acta de defunción.
Además, deberá contar con la constancia médica emitida por alguna institución oficial pública para cotejo, es decir, que certifique dicha circunstancia, esto dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento de la persona derechohabiente; en caso de no informar durante este periodo, se perderá el derecho de este apoyo.
Cabe señalar que el "Pago en Marcha" solo está disponible para quienes reciben la pensión de adultos mayores; en la pensión para personas con discapacidad; para la pensión Mujeres Bienestar; y también aplica para el programa de apoyo para las niñas y niños, hijos de madres trabajadoras, y el de Sembrando Vida.




