Utilidades 2024: ¿Tienes derecho a recibirlas si estuviste incapacitado?

Este es un incentivo que reciben los trabajadores, cuyo propósito es reconocer la productividad del empleado en la empresa en la que labora

Por: Ofelia Fierros

El reparto de utilidades es un derecho para todos los trabajadores mexicanos que hayan laborado al menos dos meses durante el último año, y según la Ley Federal del Trabajo (LFT), esta entrega no puede ser suspendida, negociada o entregada en especie.

Sin embargo, existen excepciones y los empleadores están excentos de esta obligación en el caso de empresas de reciente creación o de que no haya generado ganancias.

La LFT establece que los únicos que no tienen derecho a recibir el reparto de utilidades son los directores, administradores y gerentes; así como empleados del servicio doméstico, propietarios de negocios, profesionales técnicos, artesanos y trabajadores independientes sin relación subordinada de trabajo; además de los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.

¿QUÉ SUCEDE EN CASO DE INCAPACIDAD O LICENCIA POR MATERNIDAD?

Los periodos de incapacidad temporal no afectan el derecho de los trabajadores al reparto de utilidades, según la legislación.

 En caso de que el trabajador muera debido a un accidente laboral durante el ejercicio fiscal, los beneficiarios del empleado fallecido reciben la cantidad correspondiente al pago de las utilidades.

Con respecto a la licencia por maternidad, las trabajadoras mantienen su derecho al reparto de utilidades durante los periodos prenatal y postnatal. Asimismo, este derecho se extiende a los padres que soliciten permiso de paternidad.

¿SI RENUNCIAS TIENES DERECHO AL REPARTO DE UTILIDADES?

Según la LFT, tanto los extrabajadores de planta como los eventuales tienen derecho al reparto de utilidades. Esto incluye a los trabajadores que fueron despedidos o renunciaron voluntariamente. Para este reparto se considera el número de días trabajados y el salario percibido durante el tiempo laborado.

¿CUÁNDO ES LA FECHA LÍMITE PARA ENTREGAR LAS UTILIDADES?

Como lo estipula la Ley Federal del Trabajo, los empleados deben recibir el pago de utilidades 2024 a más tardar el 30 de mayo, si se trata de una persona moral, es decir, una empresa. Asimismo, si se trata de una persona física (patrón) la fecha límite del pago es el 29 de junio.

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