Si eres trabajador formal y te toca laborar el 1 de diciembre, debes saber lo que dicen las autoridades ante este tipo de circunstancias
Durante el año existen varios días de descanso oficiales respaldados por la Ley Federal del Trabajo (LFT), cerca de la llegada de diciembre algunos empleados formales se han preguntado si el 1 de diciembre será fecha feriada y con todas las situaciones que implica si se labora este día o, por otro lado, será un día en que el trabajo deberá seguir con normalidad.
Tradicionalmente, el 1 de diciembre es reconocido como el día en que se celebra la transición de gobiernos federales, esto después de las elecciones a nivel nacional que tienen lugar cada seis años. Durante este 2024, se tuvo la transición de poder, por lo que algunos empleados se preguntan si esta fecha será respetada por las autoridades.
¿EL 1 DE DICIEMBRE HABRÁ DESCANSO OBLIGATORIO?
El 1 de diciembre fue considerado a lo largo de los años un día obligatorio de descanso debido a la rendición de protesta presidencial, un evento histórico y político que tiene lugar cada seis años, tiempo en el que la administración de un presidente termina y sede el poder al nuevo mandatario de México y aunque en 2024 tuvimos este evento; el LFT marca que el 1 de diciembre ya no será de descanso.
A partir de este año, el 1 de diciembre ya no será considerado un día de descanso obligatorio para los trabajadores. Este cambio se ha realizado debido a que la fecha se trasladó para el 1 de octubre; la modificación responde a la necesidad de que, quien ocupe la presidencia, no tardé seis meses en asumir el cargo luego de ganar las elecciones y tenga el tiempo de incidir en el presupuesto del que dispondría en su primer año de gobierno.
¿CUÁNTOS DÍAS DE DESCANSO HAY SEGÚN LA LFT?
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de descanso obligatorio son aquellos que se establecen para conmemorar hechos históricos e importantes para México, además de festividades nacionales y conmemoraciones presidenciales; los días marcados por las autoridades son:
- El 1 de enero.
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
- El 1 de mayo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
- El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral