La ayuda de gastos de matrimonio es otorgada por el IMSS para las parejas que deciden unir sus vidas
Hoy en día en México todo es más caro, por lo que encontrar apoyos financieros para ocasiones importantes es de gran ayuda.
Al ser una persona asegurada ante el IMSS, el Instituto ofrece una prestación para las personas que contrajeron matrimonio por el civil: Ayuda para Gastos de Matrimonio.
Dicho apoyo financiero solo se puede utilizar una vez y cuyo importe se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días.
ESTO ES LO QUE DA IMSS POR AYUDA DE MATRIMONIO EN 2024
El valor en la UMA es de $108.57 pesos diarios, esta cantidad se multiplica por 30 días, por lo que en total es de $3,25.10 pesos, equivalente a la ayuda por matrimonio para este año.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Para obtener la ayuda para gastos de matrimonio, financiada por el Gobierno Federal, es necesario cumplir con estos requisitos:
- Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el IMSS en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio.
- No haber ejercido este derecho con anterioridad.
- Que cualquiera de los cónyuges (el solicitante o con quien haya contraído matrimonio), no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.
- Estar vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrá solicitar la prestación, si el matrimonio se contrae dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja.
¿QUÉ DOCUMENTOS SE NECESITAN?
Los documentos presentados tienen que ser original o copia certificada.
- Solicitud de Ayuda para Gastos de Matrimonio debidamente llenada y firmada (original), que será proporcionada por el IMSS.
- Identificación oficial vigente con firma y fotografía (original)
- Acta de matrimonio en copia certificada (original)
- Cualquier documento emitido por la AFORE que administra la cuenta individual con una antigüedad no mayor a 6 meses.
- CURP.
- En caso de tener registrado a un cónyuge, concubina o concubinario diferente ante el Instituto, deberá presentarse acta de defunción, acta de divorcio o declaración escrita bajo protesta de decir verdad donde se manifieste que terminó la relación de concubinato.
¿CUÁLES SON LOS PASOS?
El primer paso es acudir a la Unidad Medica Familiar del IMSS para presentar la solicitud esta ya debe de estar llenada, de igual manera llevar los documentos requeridos.
Ya concluido el primer paso de iniciar el trámite en la AFORE, el cual se tiene que acudir a cualquier sucursal correspondiente de la institución, para presentar la solicitud de disposición de recursos, acompañada de la resolución de ayuda para gastos de matrimonio y por último, un estado de cuenta este puede ser opcional.