El Gobierno federal encabezado por Claudia Sheinbaum estableció como obligatoria la vinculación de todas las líneas de telefonía móvil con la Clave Única de Registro de Población (CURP), una medida que deberá cumplirse antes del 30 de junio de 2026.
La disposición ya forma parte de la normatividad vigente en México y, de no cumplirse, las líneas serán suspendidas para la mayoría de sus funciones, aunque no habrá multas ni sanciones penales.
POR QUÉ SERÁ OBLIGATORIO REGISTRAR TU NÚMERO
La medida se impulsa como parte de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, particularmente en el artículo 180, con el objetivo de que cada número telefónico esté plenamente identificado con su titular.
De acuerdo con declaraciones de Abán Román, director general de Planeación de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, la intención es reducir delitos como la extorsión telefónica y combatir el anonimato que facilita actividades ilícitas.
Según la autoridad, el registro obligatorio entró en vigor el 1 de octubre de 2025 y el plazo límite para completar el trámite es el 30 de junio de 2026.
QUÉ PASARÁ SI NO VINCULAS TU LÍNEA A LA CURP
No existe una alternativa legal para conservar activa una línea sin registrarla.
Si el usuario no realiza el trámite antes de la fecha límite, su número será suspendido para servicios como:
- Llamadas normales
- Envío y recepción de mensajes
- Uso de datos móviles
- Navegación en internet
La línea solo podrá utilizarse para llamadas de emergencia, recibir mensajes de alerta y contactar a la compañía telefónica para regularizar la situación.
La autoridad ha insistido en que no habrá castigos adicionales, únicamente la limitación del servicio.
QUÉ DATOS TE PEDIRÁN PARA EL REGISTRO
Según lo informado, el proceso no contempla la recopilación de datos biométricos.
Para vincular la línea únicamente se solicitarán:
- Nombre completo
- CURP
En caso de verificaciones digitales mediante fotografía o video, las autoridades aseguran que dicho material no será almacenado y solo se utilizará durante el proceso de validación.
QUÉ REQUISITOS APLICAN SEGÚN EL USUARIO
El decreto establece criterios distintos dependiendo del tipo de titular:
- Personas mexicanas deberán registrar su CURP.
- Empresas deberán hacerlo mediante su RFC.
- Personas extranjeras podrán presentar pasaporte vigente o CURP temporal.
Cada línea deberá estar asociada a una persona física o moral identificada bajo estos lineamientos.
QUÉ COMPAÑÍAS ALMACENARÁN LA INFORMACIÓN
Las empresas de telefonía serán responsables del resguardo de los datos. Entre ellas se encuentran Telcel, Movistar, AT&T y Bait.
De acuerdo con la información oficial, las autoridades de seguridad no tendrán acceso directo al padrón, aunque podrá utilizarse como herramienta de colaboración en investigaciones conforme a la ley.
CRÍTICAS Y DEBATE SOBRE PRIVACIDAD
El anuncio ha generado inquietud entre algunos sectores, principalmente por temas de privacidad y antecedentes de intentos fallidos de padrones telefónicos en el país. Incluso actores políticos han advertido posibles riesgos relacionados con la protección de datos personales.
No obstante, el gobierno sostiene que la medida busca fortalecer la seguridad sin imponer sanciones económicas y que el único efecto para quien no cumpla será la suspensión parcial del servicio.
LO QUE DEBES TENER CLARO COMO USUARIO
- El registro es obligatorio antes del 30 de junio de 2026.
- No hay alternativa legal para mantener una línea activa sin vincularla.
- Si no realizas el trámite, tu número quedará limitado a emergencias y alertas.
- Solo se solicitarán nombre y CURP.
- No se almacenarán datos biométricos, según la autoridad.
La recomendación es consultar directamente con tu compañía telefónica para conocer el procedimiento específico y evitar que tu línea sea bloqueada.




