Este es el nuevo día descanso obligatorio que comenzará a aplicar en este 2024

De acuerdo al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, en caso de que un trabajador se presente a laborar este día, se le deberá pagar doble

Por: Luis Flores

Los días oficiales de descanso en México reciben una nueva fecha, es decir, el calendario se ampliará con el anuncio que dio a conocer el Gobierno Federal

Fue a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se hizo oficial que los trabajadores tendrán un nuevo día de descanso obligatorio a partir del 2024; conoce todos los detalles.

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NUEVO DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO

A partir del 1 de octubre de 2024, y cada seis años, se añadirá un nuevo día de descanso obligatorio, de acuerdo con lo mencionado en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo en México.

Después de la reforma al artículo 83 de la Constitución Política en 2014, se dio a conocer que el presidente de México, para el periodo 2018-2024, asumiría el cargo por última vez hasta el 1 de diciembre y finalizaría su mandato el 1 de octubre cada seis años.

Uno de los principales motivos por el cual se añadió el 1 de octubre como nuevo día de descanso obligatorio en México es para darle el tiempo suficiente a los legisladores para revisar a detalle la iniciativa de Ley de Ingresos, así como también el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación presentado por el nuevo gobierno.

CLARIDAD

“Las personas titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, cuyas relaciones de trabajo se rijan por el apartado B del artículo 123 Constitucional, deben observar como días de descanso obligatorio para las personas servidoras públicas federales”, lo establece el documento publicado el viernes en el DOF.

De acuerdo al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, en caso de que un trabajador se presente a trabajar un día de descanso obligatorio, este se le debe pagar doble por el servicio prestado.

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

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