¿En mi empleo me pueden obligar a firmar un acta administrativa?

El acumular estos reportes puede ser uno de los motivos para un despido, especialmente si las faltas documentadas del trabajador son bastantes graves

Por: Luis Flores

Un acta administrativa es como una "tarjeta amarilla" antes de un posible despido en el ámbito laboral mexicano. Su objetivo principal es documentar las malas prácticas realizadas por un empleado, ya sean leves o graves.

Estas actas pueden variar en número según la gravedad de las faltas cometidas y se utilizan para que el empleador pueda justificar una rescisión en caso de denuncias por despido injustificado.

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CLARIDAD SOBRE EL CASO

Es importante destacar que, según la Ley Federal del Trabajo (LFT), el patrón debe proporcionar un aviso escrito al trabajador indicando claramente la conducta que motiva la rescisión y las fechas en que ocurrieron. Este reporte debe entregarse personalmente al trabajador en el momento del despido o comunicarse al tribunal competente dentro de los cinco días hábiles siguientes.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) en México establece en su Artículo 47 las causas por las cuales un empleador puede rescindir la relación laboral sin responsabilidad, y aquí es donde entran en juego las actas administrativas. Algunas de las causas más relevantes incluyen:

  • Engaño por parte del trabajador con certificados falsos o referencias engañosas.
  • Comisión de faltas de probidad, actos de violencia, injurias, o malos tratamientos contra el patrón, colegas, familiares del patrón, o clientes y proveedores del patrón.
  • Perjuicios materiales intencionados causados por el trabajador durante el desempeño de sus labores.
  • Más de tres faltas de asistencia injustificadas en un período de 30 días.
  • Desobediencia injustificada a órdenes del patrón.

ACUMULACIÓN DE ACTAS ADMINISTRATIVAS

El acumular actas administrativas puede ser uno de los motivos para un despido, especialmente si las faltas documentadas son graves y se ajustan a las causas enumeradas en la LFT. Sin embargo, la cantidad de actas que pueden levantarse contra un empleado depende de las políticas internas de cada empresa y su Reglamento Interior de Trabajo (RIT). Por lo cual es crucial revisar las condiciones del RIT antes de firmarlo durante la contratación.

¿ME PUEDEN OBLIGAR A FIRMAR?

No se puede obligar a un empleado a firmar un acta administrativa. Antes de levantarla el trabajador tiene el derecho de explicar su versión de los hechos. El formato del acta debe incluir información detallada, como la fecha y hora del levantamiento del acta, el nombre de la empresa, los nombres y puestos de todas las personas involucradas, una descripción de la falta, declaraciones de testigos y del empleado sancionado, y las firmas correspondientes.

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