Su definición dependerá por cómo se dio el término de la relación laboral: si fue por renuncia o por despido
Por: Edel Osuna
Un empleo es una fuente de ingresos segura, que puede tener múltiples beneficios, pues se adquieren derechos innegables para el trabajador; sin embargo, existen ocasiones en que motivos diversos orillan a la recisión de contrato, por lo cual, dependiendo de la causa corresponde ya sea finiquito o liquidación.
Sin embargo, muchas personas suelen confundir los términos y para otras significan lo mismo, pero nada más lejos de la realidad, pues tienen diferencias sustanciales.
Ahora, para determinar qué corresponde en caso del término de la relación laboral se deben definir si esta se dio por despido o por renuncia.
ESTO ES UN FINIQUITO
Como se mencionó anteriormente, el término aplica dependiendo de la causal; en el caso del finiquito aplica cuando el trabajador, por los motivos que él considere pertinentes, renuncia a su puesto de trabajo, o es despedido justificadamente.
Este debe ser pagado en cheque o con transferencia y se debe entregar “carta de finiquito”, en el que se incluya toda la información del empleado, así como debe contener desglosados los conceptos que se pagan.
Ahora, estas son las casusas por las que el patrón puede finiquitar la relación laboral:
- Renuncias voluntaria o decides separarte de tu puesto por así convenir a tus intereses.
- Término de contrato temporal (empleo por tiempo específico).
- Despido, independientemente sea justificado o no.
- Rescisión del contrato por falta grave del empleador, de conformidad con el artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
- Invalidez por enfermedad, y se debe pagar Prima de Antigüedad y Gratificación por Invalidez.
- Muerte del trabajador.
Ahora, el finiquito se calcula tomando en cuenta los días trabajados y no pagados en el mes, proporcional de aguinaldo y vacaciones, además de las prestaciones que se incluyeron en el contrato laboral (bonos, vales, comisiones, caja o fondo de ahorro, utilidades, entre otros).
ESTO ES UNA LIQUIDACIÓN
A diferencia del finiquito, la liquidación se otorga al empleado cuando el término de la relación de trabajo no es responsabilidad del contratado; este pago se considera indemnización del patrón.
Ahora, la liquidación debe recibirse en caso de los siguientes escenarios:
- La empresa rescinde el contrato por motivos que no están relacionados con el trabajador como: reestructura del área, cierre de la empresa, desaparece el puesto.
- Despido injustificado.
- Renuncia por falta grave por parte del patrón, las cuales están fundamentadas en el artículo 51 de la LFT.
- Para calcular la liquidación se deben considerar los siguientes conceptos:
- Prima de antigüedad.
- Salarios vencidos (únicamente en caso de despido injustificado, con límite de 12 meses a partir de la notificación del despido).
- 20 días de salario por año trabajado (únicamente en caso de despido injustificado, solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje la reinstalación y recibir la negativa de la empresa).
- Tres meses de salario
Así las cosas, ahora sí sabes en qué difieren estos conceptos laborales que suelen confundir a muchas personas, máxime cuando se trata de la suma final que se entrega y que tiene que ver con las causales del término de la relación laboral.