¿Tu empresa dice que no tuvo utilidades? Esto es lo que puedes hacer según la LFT

La Ley Federal del Trabajo establece claramente cuáles son los derechos de los trabajadores y qué acciones pueden tomar ante esta situación

La LFT también contempla algunos casos específicos en los que ciertos patrones o empresas no están obligados a realizar el pago de PTU
La LFT también contempla algunos casos específicos en los que ciertos patrones o empresas no están obligados a realizar el pago de PTU

El reparto de utilidades 2026 se encuentra en su etapa final para miles de trabajadores en México, sin embargo, una de las situaciones más comunes es que las empresas o patrones informen que no generaron ganancias durante el ejercicio fiscal y, por lo tanto, no habrá pago de PTU.

Aunque esta situación suele generar dudas e inconformidad entre empleados, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece claramente cuáles son los derechos de los trabajadores y qué acciones pueden tomar cuando una empresa asegura que no obtuvo utilidades.

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho constitucional en México y no puede eliminarse únicamente por decisión del patrón.

¿Qué hacer si tu empresa asegura que no tuvo utilidades?

De acuerdo con el artículo 121 de la LFT, el primer paso es solicitar y revisar la declaración anual que la empresa presentó ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

La ley señala que el patrón tiene la obligación de entregar copia de esta declaración a los trabajadores dentro de los 10 días posteriores a su presentación.

Si después de revisar la información el sindicato o la mayoría de los trabajadores consideran que sí existieron ganancias gravables o detectan irregularidades, pueden presentar observaciones ante la autoridad fiscal.

La legislación establece un plazo de 30 días para presentar dichas observaciones ante Hacienda, dependencia que deberá responder y analizar la situación conforme al procedimiento legal correspondiente.

Además, la ley contempla que una comisión integrada por representantes de los trabajadores y del patrón supervise el proceso relacionado con el reparto de utilidades.

Empresas que están exentas de pagar utilidades

La LFT también contempla algunos casos específicos en los que ciertos patrones o empresas no están obligados a realizar el pago de PTU. Entre ellos se encuentran:

  1. Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento
  2. Empresas nuevas dedicadas a la elaboración de un producto novedoso durante los primeros dos años

Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y organismos públicos descentralizados con fines culturales, asistenciales o de beneficencia

Empresas cuyo capital e ingresos generen montos mínimos establecidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS)

Asimismo, el artículo 128 de la LFT prohíbe que las pérdidas de años anteriores sean utilizadas para evitar el pago de utilidades del ejercicio fiscal actual.

¿Hasta cuándo deben pagarse las utilidades?

La fecha límite para el pago de utilidades depende del tipo de patrón:

  • Personas morales (empresas): hasta el 30 de mayo de 2026
  • Personas físicas: hasta el 29 de junio de 2026

Por otra parte, el artículo 516 de la LFT señala que los trabajadores cuentan con un año para reclamar el pago de utilidades si consideran que les corresponde.

Este plazo comienza a contar desde el día siguiente a la fecha límite de pago y puede interrumpirse si el trabajador inicia un proceso de conciliación ante las autoridades laborales.

¿Qué pasa si el patrón no paga utilidades?

Los patrones que incumplan con esta obligación pueden recibir multas económicas que van de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además, el derecho a las utilidades es irrenunciable, por lo que ningún trabajador puede ser obligado a renunciar a este beneficio.

En caso de dudas o conflictos relacionados con el reparto de utilidades, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece asesoría gratuita a los trabajadores para orientarlos sobre el procedimiento legal correspondiente.

Marcela Islas
Marcela Islas

Egresada de Literaturas Hispánicas de la Universidad de Sonora, con experiencia en periodismo y turismo; pasión por la cultura, música y gastronomía.



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