El Congreso local realizó la modificación; policías y empleados de justicia enfrentarán un proceso penal si difunden fotos de personas asesinadas
Por: Francisco Angulo
La reciente invalidación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por su carácter restrictivo a la libertad de expresión y labor informativa, del artículo 167 quater del Código Penal del Estado de Sonora que sancionaba la difusión de imágenes de víctimas en investigaciones penales, no afecta a la entidad, pues previamente este se había reformado, indicó la diputada Rosa Elena Trujillo.
La legisladora por Movimiento Ciudadano mencionó que, en junio de 2022, para homologar el Código Penal sonorense al federal, se aprobó el citado artículo de la también llamada Ley Ingrid, sin embargo, pero fue señalado como de riesgo a la labor informativa, por colectivos de madres buscadoras y medios de comunicación.
Asimismo, dijo, fue impugnado por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) y, por ello, en septiembre del mismo año el gobernador Afonso Durazo presentó otra iniciativa que reforma el artículo.
Con la reforma, el artículo 167 quater señala que solamente podrán enfrentar cargos penales aquellos funcionarios públicos miembros de cuerpos policiacos o integrantes de instituciones procuradoras de justicia que realicen la toma de fotografías y/o videos y los difundan, expresó la entrevistada.
“Como habíamos previsto que pudiera haber repercusiones en ese sentido, nos pusimos el huarache antes de espinarnos, de manera que se presentó la iniciativa y la aprobamos, así que se invalida por parte de la Suprema corte, a Sonora no le afecta”, finalizó.