De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, todos los trabajadores tienen derecho a recibir utilidades, pero no todos las reciben
Por: Dora Alicia Miranda
El reparto de las utilidades que genera una empresa, es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón al igual que el aguinaldo.
La Ley Federal del Trabajo en México, establece que, el reparto de utilidades debe ser entregado entre los meses de mayo y junio.
El pago de utilidades es aplicable para aquellos trabajadores que hayan laborado por los menos 60 días y cuyas empresas hayan generado neto 300 mil pesos anuales o más y que tengan más de un año funcionando.
También tendrán derecho al reparto, aquellos trabajadores que ya no laboren en la empresa en cuestión, pero tuvieron un contrato por obra determinada.
Los trabajadores que si tienen derecho a recibir reparto de utilidades:
-trabajadores de planta: son aquellos que han celebrado contrato de trabajo por tiempo indeterminado, sin importar el número de días que hayan prestado sus servicios en el año sujeto a reparto
-trabajadores eventuales: son aquellos que hayan trabajado por tiempo o por obra determinada y que, en el ejercicio fiscal hayan laborado por lo menos 60 días, sin importar si son o no consecutivos.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) cada año hace un llamado a las empresas y patrones para que cumplan con el reparto de utilidades en tiempo y forma, de no hacerlo se harán acreedoras a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes.
La Profedet pone a disposición del público sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, a través de correo electrónicoorientacionprofedet@stps.gob.mx, o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.