Aunque en la sesión de abril se aprobó que se sumaran padecimientos al catálogo, la Cámara de Diputados consideró otras también importantes
Por: Edel Osuna
La reforma a la Ley Federal del Trabajo ha sido modificada muchas veces, con ello, se busca beneficiar a la planta productiva formal de México.
En ella se contempla una lista de enfermedades para efecto de las incapacidades laborales, y a las previstas en abril de 2023, al Congreso de la Unión se propuso agregar nuevos padecimientos.
La Tabla de Enfermedades de Trabajo de la Secretaría del Trabajo (STPS), aceptada en la sesión ordinaria del 12 de abril, a revisarse hasta el 2026 son:
- Enfermedades infecciosas y parasitarias
- Cánceres de origen laboral
- Enfermedades del sistema circulatorio, de la sangre y órganos hematopoyéticos
- Trastornos mentales
- Enfermedades del sistema respiratorio
- Enfermedades del sistema digestivo
- Enfermedades de la piel y tejidos subcutáneos
- Enfermedades del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo
- Intoxicaciones
- Enfermedades del ojo y del oído
- Enfermedades de endocrinología y genito-urinarias
PADECIMIENTOS PROPUESTOS A SUMARSE A LA TABLA
Pero, el Congreso de la Unión se propuso agregar a la lista de enfermedades para incapacidad otra serie de padecimientos, no obstante, tiene que ser avalada por diputados federales y senadores.
Así las cosas, con el inicio del nuevo periodo ordinario de sesiones, se espera que se incluya la nueva lista, a fin de que sea votada y entre en vigor tras publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Por ello, los padecimientos propuestos para sumarse a la tabla de enfermedades para incapacidad, son:
- Estrés laboral
- Enfermedades producidas por aspirar contaminantes en el centro de trabajo
- Lesiones musculares
- Patologías infecciosas
- Trastorno de ansiedad
- Lesiones óseas
- Insomnio
- Insuficiencia venosa periférica crónica
- Depresión
- Diversos tipos de cáncer
- Gripe aviar
- Influenza
- Cataratas
- Conjuntivitis
- Cardiopatía isquémica
- Deterioro leve y moderado de la visión
- Glaucoma
- Covid-19
- Anemia aplásica
- Endometriosis
- Neumoconiosis
- Hipertensión
- Enfermedades pulmonares crónicas
- Dermatitis alérgicas
- Síndrome del túnel carpiano
Una vez que se apruebe el agregado de enfermedades, serán los médicos y especialistas quienes determinarán la gravedad del padecimiento, así como el número de días de incapacidad.
Por otra parte, el listado de males laborales será revisado, mínimamente cada cinco años, luego de que sea publicada, o cuando surjan investigaciones que justifiquen una nueva revisión.
Será la STPS quien se encargue de actualizar la información, así como de ponerla a disposición del Ejecutivo Federal, tanto la tabla de enfermedades de trabajo, como la tabla de valuación de incapacidades permanentes, a fin de que considere si se procede legislativamente.
Las enfermedades consideradas para agregarse son una propuesta de la Cámara de Diputados, por lo que deberá someterse a consenso del Senado de la República, para que tenga el efecto constitucional conducente.