Siempre es importante conocer la situación legal del inmueble, esto con el objetivo de llevar un orden y saber qué hacer ante cualquier incidente
Por: Luis Flores
Los contratos de arrendamiento son acuerdos legales que se establecen a corto plazo, aunque su duración puede ampliarse. En el transcurso de ese tiempo siempre pueden ocurrir tragedias o eventualidades que ponen en riesgo la permanencia en el hogar.
Si en dado caso estás rentando un inmueble y el dueño fallece, es importante que tengas presente lo que esto conlleva para que te prepares y sepas qué es lo que procede con la vivienda.
EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL PROPIETARIO
Christian Ruiz, gerente Jurídico, mencionó que cuando fallece el propietario del departamento ocupado, lo más importante es conocer la situación legal del inmueble, es decir si se elaboró un testamento en el que se determine claramente el albacea o el nuevo propietario. De existir, el acuerdo se mantiene sin cambios.
Cuando no existe el testamento o los posibles beneficiarios están inconformes, se abren procesos legales que pueden prolongarse entre siete y 10 años. En ese punto lo más importante para el arrendatario es evitar pagar la renta a una persona que no esté legalmente acreditada para recibir ese dinero.
"Lo que pueden hacer es depositar ese dinero ante el juzgado, es decir ponerlo en garantía. Puedes comprar un billete de depósito y ahí se va acumulando. Así, cuando se resuelva el juicio del inmueble el arrendatario puede acreditar el cumplimiento de sus obligaciones", aclaró el gerente jurídico.
RECOMENDACIONES
El especialista destacó que es importante no pagar renta a personas que no estén legalmente autorizadas para recibirlo pues no pueden acreditar que el usuario del departamento cumplió con sus obligaciones.
En caso de que no se presente el nuevo propietario, el usuario puede continuar ocupando el espacio y si sigue haciéndose cargo de los gastos de mantenimiento, pago de servicios como agua, predial y otros genera derechos sobre el departamento.
Es importante que en caso del fallecimiento del dueño, el usuario no abandone el inmueble, pues podría considerarse incumplimiento de contrato y el nuevo propietario puede exigir penalización o el monto correspondiente al tiempo que restaba por cumplir del contrato.
SI EL ARRENDATARIO FALLECE
El especialista agregó que cuando fallece el inquilino, la responsabilidad del pago de renta pasa al hijo, esposa u otro residente que siga utilizando el inmueble.
En caso de que los ocupantes que permanecen se nieguen a pagar la renta correspondiente, el propietario tiene derecho de iniciar un juicio para desalojarlos, aunque el proceso puede demorar hasta un año y solo se puede ejecutar a través del sistema judicial.