Prueba de vida para registrar tu celular: ¿qué es el nuevo requisito publicado en el DOF?

Esta medida forma parte de las nuevas disposiciones de ley en México para fortalecer la identificación de los titulares de las líneas móviles

Prueba de vida para registrar tu celular: ¿qué es el nuevo requisito publicado en el DOF?

El proceso para registrar las líneas telefónicas móviles en México incorporará un nuevo requisito conocido como "prueba de vida", de acuerdo con un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) como parte de los lineamientos para la identificación y vinculación de los usuarios de telefonía celular.

La medida forma parte de las nuevas disposiciones para fortalecer la identificación de los titulares de las líneas móviles y busca evitar que una persona registre un número utilizando documentos de identidad que no le pertenecen.

¿Qué es la prueba de vida?

Según el decreto, la solicitud de prueba de vida deberá realizarse durante el proceso de vinculación de las líneas telefónicas cuando el trámite se efectúe de manera presencial.

El objetivo es verificar que la persona que solicita el registro sea realmente la titular de la identificación oficial presentada durante el procedimiento.

Aunque el DOF ya contempla este requisito dentro de los nuevos lineamientos, no especifica cómo deberá llevarse a cabo la prueba de vida ni qué tecnología o procedimiento utilizarán las empresas telefónicas para cumplir con esta obligación.

Actualmente, algunas compañías, como Telcel, ya realizan una verificación básica en la que comparan la fotografía de la identificación oficial con el rostro de la persona que acude a efectuar el trámite, por lo que un procedimiento similar podría utilizarse como referencia.

¿Qué documentos pueden servir como prueba de vida?

Aunque el decreto publicado en el DOF no precisa qué documento será considerado como prueba de vida para este trámite, en México este tipo de verificación generalmente consiste en la comparecencia física del titular, es decir, que la persona acuda presencialmente y demuestre que corresponde con la identidad asentada en sus documentos oficiales.

Para ello, las empresas de telefonía podrían solicitar una identificación oficial vigente con fotografía, siempre que sean documentos reconocidos oficialmente, tales como:

  • Credencial para votar del INE
  • Pasaporte mexicano
  • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)

En la práctica, la llamada prueba de vida suele realizarse mediante una validación visual o biométrica, en la que personal de la compañía verifica que el rostro de la persona coincide con la fotografía de la identificación oficial presentada.

En algunos casos, también podría solicitarse una fotografía tomada en tiempo real o una captura del rostro para confirmar que el titular está presente durante el trámite.

Hasta el momento, las autoridades no han emitido lineamientos técnicos adicionales sobre el procedimiento específico que deberán seguir todas las empresas de telefonía, por lo que se espera que la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publique más detalles antes de que inicie el calendario obligatorio de registro de las líneas de prepago.

Amplían el plazo para registrar las líneas telefónicas en México

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció recientemente una prórroga para completar el registro de las líneas móviles de prepago en México.

Con esta ampliación, los usuarios tendrán hasta el 31 de diciembre para realizar la vinculación, siguiendo un calendario establecido de acuerdo con el último dígito del número telefónico. La primera fecha programada será el 15 de agosto.

La comisión explicó que cada usuario deberá acudir a su empresa telefónica en la fecha que le corresponda para completar el proceso.

Asimismo, aclaró que las líneas de pospago, es decir, aquellas que cuentan con un plan mensual contratado, no necesitan realizar este trámite, ya que desde el momento de su contratación quedaron asociadas a la identidad del titular.

¿Qué pasa si no registras tu línea?

La CRT advirtió que las compañías telefónicas deberán suspender el servicio de aquellas líneas de prepago que no hayan sido vinculadas 72 horas después de que venza el plazo correspondiente a su último dígito.

Durante la suspensión, los usuarios únicamente podrán realizar llamadas a números de emergencia, comunicarse con centros de atención ciudadana, llamar a su compañía telefónica y recibir alertas sísmicas u otros avisos de protección civil.

En cambio, quedarán deshabilitados servicios como realizar o recibir llamadas convencionales, enviar o recibir mensajes de texto y utilizar datos móviles para navegar por internet.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones precisó que el servicio será restablecido una vez que el usuario complete el registro y la vinculación de su línea telefónica, incluyendo el cumplimiento de los requisitos establecidos en los nuevos lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación.

De esta manera, las autoridades buscan contar con un padrón actualizado de líneas móviles asociadas a una identidad verificada y reforzar los mecanismos para prevenir fraudes, delitos y la suplantación de identidad mediante el uso de teléfonos celulares.

Marcela Islas
Marcela Islas

Egresada de Literaturas Hispánicas de la Universidad de Sonora, con experiencia en periodismo y turismo; pasión por la cultura, música y gastronomía.



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