Profedet: ¿Te pueden despedir si faltas a tu trabajo en Semana Santa?

A pesar de ser una época de gran significado para muchos , la Semana Santa no cuenta con un reconocimiento como período de descanso obligatorio

Por: Andrés Manuel Contreras Alaniz

En el contexto de las festividades de Semana Santa, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ha lanzado una advertencia enfática dirigida a los trabajadores, recordándoles que los días de Semana Santa no están considerados como días de descanso obligatorios según la Ley Federal del Trabajo (LFT).

A pesar de ser una época de gran significado religioso y cultural para muchos mexicanos, la Semana Santa no cuenta con un reconocimiento formal como período de descanso laboral obligatorio en el marco legal del país. Por lo tanto, las ausencias laborales durante estos días podrían acarrear consecuencias serias, incluso el despido justificado por parte de los empleadores.

¿QUÉ DICE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO SOBRE LAS FALTAS INJUSTIFICADAS?

El artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo establece claramente que un trabajador puede ser despedido si incurre en más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada.

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En este contexto, los días jueves, viernes y sábado de la Semana Santa no son considerados días de descanso obligatorios, por lo que se espera que los trabajadores cumplan con su jornada laboral habitual.

RECOMENDACIONES QUE OTORGA LA PROFEDET

Por ello, la Profedet hace hincapié en que, si bien los empleados pueden ausentarse de sus labores si la empresa les concede los días voluntariamente, no tienen derecho a un pago adicional por estos días, ya que no están contemplados como días de descanso obligatorios por la ley laboral.

Asimismo, es fundamental subrayar que si un empleador otorga vacaciones durante la Semana Santa, estas no pueden ser descontadas de la cantidad que le corresponde al trabajador por ley de acuerdo a sus años laborados, ya que cualquier irregularidad en este sentido puede constituir un delito laboral.

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