El estudio se basó en la norma mexicana NMX-F-346-S-1980, que establece los estándares de calidad para las cátsups, incluyendo límites de azúcar y sal
Por: Andrés Manuel Contreras Alaniz
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha presentado los resultados de su análisis sobre 23 marcas de cátsup disponibles en el mercado mexicano, revelando una serie de irregularidades y discrepancias con respecto a las normativas de calidad y etiquetado.
El estudio se basó en la norma mexicana NMX-F-346-S-1980, la cual establece los estándares de calidad para las cátsups, incluyendo límites de azúcar y sal, así como un porcentaje mínimo de sólidos de tomate. Asimismo, esta normativa también prohíbe el uso de espesantes, colorantes y conservadores en estos productos.
¿QUÉ ENCONTRÓ LA PROFECO?
Sin embargo, según los hallazgos de la Profeco publicados este mes en la Revista del Consumidor, varias marcas no cumplen con estos estándares. Entre ellas se encuentran imitaciones de cátsup como Aurrera, Member’s Mark, Del Monte Calidad y Tasty DBS, que no solo presentan menos contenido de tomate que las cátsups genuinas, sino que también añaden colorantes, conservadores y espesantes.
Además, se destacó que la marca Aurrera declara un contenido neto superior al real, mientras que Tasty DBS no declara la presencia de fructosa en sus ingredientes.
"CÁTSUPS QUE NO SON CÁTSUPS"
Por otro lado, algunas marcas etiquetadas como cátsup, como Clemente Jacques, Heinz, La Costeña y Yo Mama’s, no cumplen con los requisitos necesarios para llevar tal denominación, al presentar contenido insuficiente de sólidos de tomate, así como la inclusión de espesantes y conservadores en sus productos.
Otras marcas, como First Street, Sun Harvest, Walden Farms y Campo Vivo, tampoco demostraron tener el contenido de sólidos totales provenientes del tomate según lo especificado.
Además de las irregularidades en el contenido y composición de los productos, la Profeco también señaló problemas en el etiquetado, como la declaración inexacta de azúcares añadidos, sodio y el contenido neto real del producto, así como la ubicación incorrecta o falta de sellos requeridos.