Pensión del IMSS: Si estás cerca de los 60 años y tienes pocas semanas cotizadas, hay estas opciones

Es uno de los derechos a los que tienen los trabajadores del sector social, pero que cuentan con características muy específicas; te explicamos

Por: Edel Osuna

Llegada la edad para pensionarse, un derecho al que tienen todos los trabajadores mexicanos del sector formal, estos pueden acceder a un depósito del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), un recurso que les llega mes con mes, como el realizado a inicios de abril de 2024.

Por ello, y si estás por cumplir 60 años de edad, pero cuentas con pocas semanas cotizadas para acceder a tu pensión, te decimos que existen opciones para alcanzar el número de semanas para una pensión mensual mínima garantizada.

Y es que, de acuerdo con lo estipulado en la Ley del Seguro Social, hay tres alternativas para quienes están cerca de llegar a la edad de pensión (65 años), en especial si no llegan a las 500 semanas que contempla el régimen 73 del IMSS.

Por un lado está la recuperación de vigencia de derechos; la Modalidad 10, y, finalmente, una de las más conocidas: la Modalidad 40.

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  • Recuperación de la vigencia de derechos: esta aplica a los trabajadores que, aunque llevaron años de vida laboral, no fueron dados de alta ante el IMSS; para recuperarla el interesado debe emplearse con un patrón, lo que lo daría de alta en el régimen obligatorio, un trámite que requiere, como mínimo, un año dado de alta ante el instituto.
  • Modalidad 10; esta fue diseñada para quienes trabajan de manera independiente; si quiere acceder a una pensión, deberá darse de alta y continuar laborando hasta alcanzar las 500 semanas que mínimamente se requieren. Además, tiene diversos beneficios, como servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica; acceso a incapacidades; derecho a pensión por invalidez y vida; fondo para el retiro, así como prestaciones sociales, entre las que están velatorios y guarderías.
  • Modalidad 40: Finalmente, si estás a punto de alcanzar la edad para pensionarte ante el IMSS, pero no cuentas con las 500 semanas cotizadas que el régimen del 73 exige, cuentas con esta opción, conocida como "continuación voluntaria al régimen obligatorio en el IMSS". Como su nombre lo indica, puedes continuar voluntariamente con el régimen obligatorio, ya que está diseñado para quienes fueron dados de baja por su patrón y que deseen continuar cotizando ante el Seguro Social para, de esa manera alcanzar un monto mayor de pensión.

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