¿La licencia de conducir permanente también sirve para los motociclistas?

Todos han estado con la duda de si dicho documento es exclusivamente para los automóviles o también se aplicará para motos

Por: Brayam Chávez

La licencia permanente ya es una completa realidad en la Ciudad de México (CDMX), documento el cual desde el 1 de noviembre del presente año ha comenzado a tramitarse tras la reciente reforma de la gaceta oficial de la CDMX, aunque muchos esperaban que esta licencia fuera válida tanto para autos, así como para sus contrapartes motociclistas; sin embargo, la realidad es muy alejada de las expectativas.

TIPOS DE LICENCIA DE CONDUCIR EN LA CDMX

Existen varias categorías para las licencias de conducir en la CDMX, en este caso para autos particulares. Entre ellas se encuentra la licencia tipo A, la cual es la opción principal para automovilistas; sin embargo, los motociclistas se han establecido como subcategorías específicas.

Las categorías de las licencias son las siguientes:

  • Licencia tipo A: exclusiva para automóviles.
  • Licencia tipo A1: válida únicamente para motocicletas.
  • Licencia tipo A2: permite conducir tanto automóviles como motocicletas.

Es importante conocer las divisiones, ya que, aunque la licencia permanece, ha sido lanzada oficialmente; sin embargo, su aplicación no es universal para todas las categorías.

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¿LA LICENCIA PERMANENTE ES VÁLIDA PARA LAS MOTOS?

De acuerdo con la Reforma del Código Fiscal que se publicó en la gaceta oficial de la CDMX, la licencia permanente está contemplando únicamente a la licencia tipo A; esto significa que esta solamente será exclusiva para automóviles y no para motocicletas.

El costo de dicha licencia es de mil 500 pesos y no puede caducarse, lo que es una gran ventaja para las personas que buscan un permiso sin necesidad de renovarlo.

Sin embargo, los motociclistas tienen que saber que esta licencia no cubre ese tipo de vehículos y que la licencia tipo A2 que sería la que les correspondería te permite conducir tanto autos como motos; sin embargo, con una vigencia limitada de únicamente 3 años, teniendo que renovarla de manera periódica.

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