Es muy común ver que los oficiales de los comercios pidan el comprobante de compra para revisar que no te falte nada o no te lleves producto de más
Por: Luis Flores
En distintos establecimientos de México realizan la revisión de los famosos tickets donde se desglosa tu compra y el monto que pagaste por ello. Para muchos es algo normal, pero aquí te decimos si se trata de una práctica legal o puedes quejarte ante las autoridades.
Es muy común ver que los oficiales o encargados de resguardar las entradas y salidas de las tiendas comerciales pidan el comprobante de compra, esto es con el objetivo de revisar que no te falte ningún producto o que te estés llevando artículos de más.
ACTO MOLESTO E INNECESARIO
Ante esta situación muchas personas consideran que es un acto bastante molesto y que no debería llevarse a cabo, ya que todos estos lugares cuentan con dispositivos especiales para detectar robos, por lo que sería obsoleta la revisión.
En ese sentido, los mexicanos se preguntaban cuál sería la institución o dependencia que tendría las facultades de regular este procedimiento para disminuir su práctica definitiva o parcialmente.
¿ES LEGAL QUE REVISEN EL TICKET DE COMPRA?
Luego del llamado que hizo la población por este problema, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) intervino para aclarar cuáles son los parámetros en los que pueden o no incurrir tiendas, supermercados o clubes como Costco.
De acuerdo con Profeco, es completamente ilegal que te pidan tu comprobante al salir del establecimiento pues en caso de hacerlo podrían caer en un delito que está penado por la ley mexicana.
CLARIDAD
Desde abril del 2022, la Profeco exhortó a la Asociación Nacional de Tiendas Departamentales (Antad) a prohibir de manera definitiva esta práctica en todos los establecimientos comerciales pues se trata de una acción de molestia injustificada para el consumidor.
Incluso también se le pidió a todos aquellos establecimientos que no pertenecen a dicha asociación a unirse a esta iniciativa.
Pese a que la Profeco decidió pedirlo de manera formal, fue necesario que quedara establecido en el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor que “prohíbe a los proveedores de bienes o servicios llevar a cabo prácticas que atenten contra la libertad, seguridad o integridad personales bajo el pretexto de registro”.