A partir del 1 de julio los patines y scooters eléctricos nuevos deben registrarse en CDMX

Desde julio de 2026, los nuevos scooters y patines eléctricos deberán contar con registro, placa y seguro para circular

A partir del 1 de julio los patines y scooters eléctricos nuevos deben registrarse en CDMX

La Ciudad de México implementará nuevas reglas para los propietarios de scooters y patines eléctricos. A partir del 1 de julio de 2026, quienes compren alguno de estos vehículos deberán realizar un trámite de control vehicular obligatorio para poder circular legalmente por las calles de la capital.

La medida forma parte de una reforma al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México enfocada en los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales, conocidos como VEMEPE, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y establecer un mayor control sobre este tipo de unidades.

¿QUÉ VEHÍCULOS DEBERÁN REGISTRARSE?

La nueva disposición aplica para vehículos eléctricos que cuenten con acelerador independiente, dos o más ruedas y un motor capaz de superar los 25 kilómetros por hora. Además, deben tener una potencia que va desde los 250 watts hasta 1 kilowatt.

Las autoridades clasifican estos vehículos en dos categorías:

  • Tipo A: peso menor a 35 kilogramos.
  • Tipo B: peso superior a 35 kilogramos y hasta 350 kilogramos.

Por ello, los tradicionales patines de impulso o "patines del diablo" no entran en esta regulación, ya que no cumplen con las características técnicas establecidas.

PLACA, DISTINTIVO Y SEGURO SERÁN OBLIGATORIOS

El trámite de control vehicular permitirá obtener una placa de matrícula y un Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME), el cual deberá colocarse en un sitio visible del vehículo.

Además, los VEMEPE deberán contar con:

  • Seguro de responsabilidad civil vigente.
  • Espejos retrovisores.
  • Luces de freno.
  • Direccionales e intermitentes.
  • Banderín de seguridad conforme a las especificaciones oficiales.

La Secretaría de Movilidad (Semovi) será la encargada de publicar los lineamientos y requisitos específicos para completar el registro.

FECHAS CLAVE PARA LOS PROPIETARIOS

Las personas que adquieran un scooter o patín eléctrico después del 1 de julio de 2026 deberán realizar el trámite desde el inicio de la entrada en vigor de la medida.

En tanto, quienes ya poseían uno antes de esa fecha tendrán plazo para regularizar su situación hasta antes del 20 de noviembre de 2026.

¿CUÁNDO COMENZARÁN LAS MULTAS?

Las autoridades capitalinas establecieron un periodo de transición antes de aplicar sanciones económicas.

Desde el 1 de septiembre de 2026, los agentes de tránsito podrán emitir amonestaciones a los conductores de VEMEPE que ya cuenten con placa y distintivo.

Sin embargo, las multas económicas comenzarán a aplicarse oficialmente a partir del 20 de noviembre de 2026.

¿DE CUÁNTO SON LAS SANCIONES?

Las infracciones estarán calculadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Entre las principales sanciones destacan:

  • Circular por carriles o vialidades no autorizadas: de 10 a 20 UMA.
  • Conducir sin casco, sin banderín o sin el distintivo de movilidad eléctrica: de 5 a 10 UMA.
  • Transportar pasajeros o carga de manera indebida: de 10 a 20 UMA.

Dependiendo de la infracción, también podrían aplicarse puntos de penalización a la licencia de conducir.

NUEVAS REGLAS PARA CONDUCTORES

La reforma también establece nuevas obligaciones para quienes utilicen estos vehículos eléctricos.

Los menores de edad no podrán conducir VEMEPE y será obligatorio contar con licencia tipo A, A1 o A2 para operarlos.

Asimismo, los conductores deberán respetar las zonas de espera, evitar circular entre carriles salvo en casos permitidos y mantener una distancia mínima de 1.50 metros al rebasar ciclistas u otros vehículos eléctricos.

Con estas modificaciones, la Ciudad de México busca ordenar el crecimiento del uso de scooters y patines eléctricos, una alternativa de movilidad que ha ganado popularidad en los últimos años entre miles de usuarios capitalinos.


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