¿Te has hecho acreedor de un premio o has recibido un préstamo financiero recientemente? Descubre si estás obligado a reportarlo ante el SAT
Por: Andrés Manuel Contreras Alaniz
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es responsable de aplicar la legislación fiscal en México, asegurando que tanto personas físicas como morales contribuyan equitativamente al gasto público.
Fundado en 1997 como parte de una reforma fiscal, el SAT administra impuestos federales como el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), además de supervisar el cumplimiento de las leyes fiscales y aduaneras, incluida la declaración de impuestos.
¿QUÉ PASA CON LOS PRÉSTAMOS, DE ACUERDO CON EL SAT?
Si has recibido un préstamo, ya sea en efectivo o por transferencia, por donación o algún premio, es necesario reportarlo en tu declaración anual de ISR ante el SAT.
Sin embargo, la obligación de declarar aplica cuando el monto del préstamo, en conjunto o por separado, supera los 600 mil pesos. Aunque estos ingresos no están sujetos a impuestos, es crucial contar con documentación que respalde tales transferencias, según lo estipula la Ley de ISR.
¿CÓMO SE REALIZA LA DECLARACIÓN?
La declaración de estos movimientos financieros se realiza principalmente por personas morales y puede hacerse en cualquiera de las oficinas del SAT o a través de su página oficial sat.gob.mx.
Para acceder, es necesario ingresar el RFC y la contraseña previamente establecidos ante el SAT, o utilizar la e.firma.
Según el sitio web oficial del SAT, los contribuyentes deben informar sobre préstamos o aportaciones para futuros aumentos de capital, tanto en moneda nacional como extranjera, dentro de los 15 días posteriores a la recepción de cantidades superiores a los 600 mil pesos.
La transparencia en estas operaciones no solo es una exigencia legal, sino también una práctica que contribuye al correcto funcionamiento del sistema tributario mexicano y al fortalecimiento de la economía nacional.