¿Cuándo es el pago de utilidades 2026? Fechas límite para empresas y personas físicas

El reparto de utilidades 2026 obliga a las empresas a entregar el 10% de sus ganancias a trabajadores con al menos 60 días laborados

¿Cuándo es el pago de utilidades 2026? Fechas límite para empresas y personas físicas

Con la llegada de la temporada de declaraciones fiscales, también se aproxima uno de los derechos laborales más importantes para los trabajadores en México: el reparto de utilidades. Cada año, miles de empleados esperan este ingreso adicional, que representa una parte de las ganancias generadas por la empresa donde laboran.

El pago de utilidades, también conocido como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), es una de las prestaciones laborales más esperadas por millones de empleados en México. Este derecho reconoce la contribución de los trabajadores al crecimiento y ganancias de las empresas, otorgándoles un porcentaje de la utilidad neta fiscal obtenida durante el año anterior.

¿CUÁNDO ES EL PAGO DE UTILIDADES 2026?

Para este 2026 existen dos fechas clave, dependiendo del régimen fiscal del empleador:

  • Empresas constituidas como persona moral: deberán realizar el reparto de utilidades del 1 de abril al 30 de mayo de 2026.
  • Personas físicas con actividad empresarial o profesional: deberán pagar del 1 de mayo al 29 de junio de 2026.

Estas fechas están relacionadas con la presentación de la declaración anual de impuestos. Una vez cumplida esa obligación fiscal, las empresas deben destinar el porcentaje correspondiente al reparto entre sus trabajadores.

Es importante señalar que los colaboradores cuentan con hasta un año para reclamar el pago en caso de no haberlo recibido dentro del plazo establecido.

¿QUÉ TRABAJADORES NO TIENEN DERECHO AL REPARTO DE UTILIDADES?

Aunque el reparto es un derecho laboral, no todos los trabajadores pueden acceder a esta prestación. No tienen derecho a la PTU:

  • Empleados que no hayan trabajado al menos 60 días durante el año fiscal.
  • Trabajadores del hogar.
  • Profesionistas y técnicos que cobren por honorarios.
  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Tampoco aplica para empleados que laboren en:
  • Empresas nuevas en su primer año de operaciones.
  • Organizaciones sin fines de lucro.
  • Microempresas con ingresos anuales menores a 300 mil pesos.
  • Empresas que hayan reportado pérdidas o que no generaron utilidades gravables.
  • Instituciones públicas descentralizadas como el IMSS.

Para confirmar el pago, se recomienda revisar los recibos de nómina, donde debe aparecer el concepto correspondiente. En muchos casos, las empresas solicitan la firma del trabajador como constancia de entrega.

¿EL REPARTO DE UTILIDADES ES OBLIGATORIO?

El reparto de utilidades es un derecho establecido en la Ley Federal del Trabajo y no es opcional para los patrones que hayan generado utilidades.

Tienen derecho a recibirla trabajadores de planta y exempleados que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio fiscal anterior. También aplica para personas en incapacidad temporal, licencia de maternidad o permiso de paternidad.

Si al concluir la fecha límite no se ha recibido el pago, se puede reclamar dentro de un plazo de un año. En caso de incumplimiento, es posible solicitar asesoría ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para recibir orientación y apoyo en el proceso de reclamación.

El pago de utilidades es una obligación patronal y un derecho laboral que busca reconocer el esfuerzo de los trabajadores en la generación de ganancias.

Jhoanna Ontiveros Peraza
Jhoanna Ontiveros Peraza

Licenciada en Ciencias y Técnicas de la Comunicación en la Universidad Vizcaya de las Américas. Redactora en el Diario del Yaqui, cubro las secciones de Nacional, Finanzas y Farándula.