La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó este lunes 29 de junio ejercer la facultad de atracción sobre el amparo directo promovido por el influencer Rodolfo Márquez, conocido como Fofo Márquez, quien buscaba anular la sentencia de 17 años y seis meses de prisión que recibió por el delito de feminicidio en grado de tentativa.
Con esta decisión, el asunto permanecerá en el tribunal correspondiente, por lo que la condena impuesta al creador de contenido continúa vigente.
LA CORTE DECIDIÓ NO ATRAER EL CASO
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito había solicitado que la SCJN atrajera el asunto para analizar los criterios jurídicos que deben utilizar los jueces al determinar cuándo una agresión violenta contra una mujer puede ser considerada tentativa de feminicidio.
Sin embargo, durante la sesión del lunes, el secretario de acuerdos informó al ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, que existía mayoría de votos para no ejercer la facultad de atracción.
Con ello, la Suprema Corte determinó no intervenir en el caso.
¿POR QUÉ FUE CONDENADO FOFO MÁRQUEZ?
El influencer fue sentenciado el 29 de enero de 2025 a:
17 años y seis meses de prisión.
El pago de una multa y reparación del daño por más de 277 mil pesos.
La condena deriva de la agresión cometida contra Edith "N", ocurrida el 22 de febrero de 2024 en un estacionamiento de un centro comercial en Naucalpan, Estado de México.
De acuerdo con la investigación, la víctima fue golpeada por el influencer después de un percance vehicular.
TRIBUNAL CONFIRMÓ LA SENTENCIA
Posteriormente, el Poder Judicial del Estado de México confirmó la responsabilidad penal de Rodolfo "N" por el delito de feminicidio en grado de tentativa.
Los magistrados consideraron plenamente acreditados los hechos y mantuvieron la pena de prisión impuesta en primera instancia, así como la reparación económica a favor de la víctima por las lesiones físicas y daños psicológicos ocasionados.
¿QUÉ SIGUE EN EL PROCESO?
Al rechazar la facultad de atracción, la Suprema Corte no resolvió el fondo del amparo, sino que determinó que el asunto continúe siendo atendido por el tribunal competente.
Por ahora, la sentencia de 17 años y seis meses de prisión permanece firme mientras continúan los procedimientos legales correspondientes.





