Noely Zamudio dijo que en la Junta Distrital 06 hacen falta 2 consejeros propietarios y un suplente; deben quedar integrados antes del 1 de diciembre
Por: Francisco Angulo
Noely Zamudio Olivares, informó que el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene vigente la convocatoria para la designación de consejeros distritales electorales, de los cuales en Cajeme hacen falta tres.
La vocal ejecutiva de la Junta Distrital 06 indicó que los cargos vacantes son dos propietarios y un suplente.
Manifestó que a la fecha se han registrado sólo cuatro ciudadanos interesados en ocupar dichos cargos, y la convocatoria se cierra este próximo miércoles 15 de noviembre.
Las y los interesados deben acudir con su documentación a calle Viena 2335 poniente, en el fraccionamiento Bellavista Ampliación lo más pronto posible.
Una vez que se tienen todas las solicitudes que fueron presentadas, los expedientes se deben remitir al Consejo Local ubicado en la ciudad de Hermosillo, donde se revisarán y, basados en la valoración curricular y su experiencia en materia electoral, se hará la designación.
Zamudio olivares detalló que la designación deberá efectuarse antes del 1 de diciembre, ya que por ley en esa fecha deben quedar integrados al 100 por ciento los consejos distritales electorales.
Explicó que el consejo distrital quedará integrado por una vocal ejecutiva de la Junta Distrital, que asume el rol de presiente del Consejo Distrital; una secretario o secretaria del Consejo, y seis fórmulas de consejeros, que son los seis propietarios y seis suplentes de éstos.
Además, de las representaciones de los distintos partidos políticos y de los candidatos independientes, si los hubiera.
Entre los requisitos para participar está el ser de nacionalidad mexicana y estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles; estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente; tener residencia de dos años en la entidad federativa en la que se desea participar, y contar con conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones.
Además, no haber sido registrado como candidato a cargo de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación; no contar con impedimento legal o incompatibilidad por no cumplir con los requisitos de ley, gozar de una buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido no intencional o imprudencial, así como haber revisado el contenido del curso de inducción y llenado el cuestionario respectivo, mencionó la entrevistada.