Así lo establece la Ley Federal del Trabajo y los patrones y empresas que incumplan podrían ser acreedores a una multa
Por: Deniss Cabrera Y Michel Inzunza
El próximo lunes vence el plazo para la entrega de aguinaldos a los trabajadores, según lo que estipula la Ley Federal del Trabajo, por lo que de no cumplirse con esta prestación antes de dicha fecha, las empresas o patrones podrán ser acreedores a una multa, dio a conocer Gilberto Tanori López.
El titular de la Delegación del Trabajo, expuso que el año pasado se recibieron cinco denuncias, a quienes se sancionó con una multa de aproximadamente 3 mil UMAS (Unidades de Medida y Actualización).
"El día 20 es la fecha de límite que marca la ley, en caso de que no lo recibiera tienen la opción de acercarse a Inspección local en la Delegación y poner la queja".
Además, explicó que incluso aquellos trabajadores que tienen un mes de antigüedad deben recibir el aguinaldo, ya que esto es proporcional a los días laborados.
"Si es un mes se tiene que dar una parte proporcional que es el 1.25 por ciento por la cantidad que gana" dijo.
Lo mínimo que una empresa debe pagar de
aguinaldo, recordó, son
15 días, por lo que aquellas personas que sientan que el pago no fue justo o no lo recibieron, podrán acudir a las oficinas de la
Delegación del Trabajosobre la calle Sinaloa entre No Reelección y Guerrero.