El objetivo de esta acción es facilitar la elaboración, modificación y expedición de normas oficiales mexicanas en materia de sanidad
El Gobierno de México actualizó las reglas para la operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, los subcomités y grupos de trabajo que de él se derivan.
El objetivo de esta acción es facilitar la elaboración, modificación y expedición de normas oficiales mexicanas en materia de sanidad, calidad e inocuidad y de asuntos relacionados, como el mercado agroalimentario nacional y de exportación,
El Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sustituye el documento expedido el 26 de noviembre de 2012.
Las nuevas reglas están alineadas a la Ley de Infraestructura de la Calidad, publicada en 2020, la cual tiene por objeto ampliar la capacidad productiva y el mejoramiento continuo de las cadenas de valor, fomentar el comercio internacional y proteger los objetivos legítimos de interés público.
Establecen que la creación, modificación y cancelación de normas oficiales mexicanas en el rubro agroalimentario estará a cargo del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria.
El Comité se apoyará en los subcomités de Protección Zoosanitaria, de Protección Fitosanitaria, de Pesca Responsable, de Bioseguridad, de Producción Orgánica y de Bioenergéticos, así como de subcomités especializados.
El Comité tendrá un carácter incluyente y representativo al contar con la participación de representantes de organizaciones de industriales y comerciantes, centros de enseñanza superior e investigación científica o tecnológica, colegios de profesionales y organizaciones de productores.
Los participantes tienen la facultad de proponer la elaboración de las normas de competencia de la Secretaría con la justificación técnica, objetivo legítimo de interés público, el sustento legal y técnico correspondiente.
Las normas oficiales mexicanas son regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedidas por las dependencias competentes, que tienen como finalidad establecer las características que deben reunir los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana.