La Comisión Federal de Electricidad (CFE) recordó a usuarios que el cambio de titular en el recibo de luz es un trámite gratuito y necesario cuando una persona compra, renta o hereda un inmueble, ya que permite actualizar oficialmente los datos del contrato del servicio eléctrico.
De acuerdo con información difundida recientemente, este procedimiento debe realizarse de manera presencial en un Centro de Atención a Clientes de la CFE y no puede efectuarse por internet ni vía telefónica. Además, el contrato no debe presentar adeudos pendientes para completar la modificación.
La CFE señaló que mantener actualizado el nombre del titular facilita distintos trámites relacionados con el suministro eléctrico, como reportar fallas, solicitar cambios de tarifa, realizar convenios de pago o cancelar el servicio.
¿QUÉ DOCUMENTOS SE NECESITAN?
Los requisitos cambian dependiendo del motivo por el que se solicita el cambio de titularidad.
Si el inmueble es rentado:
- INE del nuevo titular
- Contrato de arrendamiento vigente
- Carta explicando el motivo del cambio
- RFC del solicitante
- Fotografía reciente del medidor
Si se compró una vivienda:
- Identificación oficial del nuevo propietario
- Contrato de compraventa
- Constancia predial actualizada
- RFC del titular
- Carta de solicitud del cambio
- Foto actual del medidor
En caso de fallecimiento del titular:
- Acta de defunción
- INE del nuevo responsable del servicio
- Datos del titular fallecido
- Carta solicitando la actualización
- Código universal del punto de suministro (CUPS) que aparece en el recibo
Según la CFE, el cambio de titular no tiene costo y puede reflejarse entre 15 y 20 días hábiles después de entregar la documentación completa. El nuevo nombre aparecerá en el siguiente periodo de facturación.




