El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEyPC) declaró la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los estatutos del partido político local PS, incluido el cambio de emblema, aprobadas en su Asamblea Extraordinaria del 29 de junio de 2026.
Sin embargo, determinó excluir una modificación al artículo 4, relacionada con las facultades del consejo estatal para autorizar cambios al nombre, emblema, logotipo, colores o lema del partido.
De acuerdo con el dictamen elaborado por las Direcciones Ejecutivas de Fiscalización y de Asuntos Jurídicos del IEE, y hecho propio por el consejo general, las reformas propuestas por el PS contemplan cambios en los órganos facultados para autorizar modificaciones a los elementos de identidad del partido.
El acuerdo señala que "se elimina al Consejo Político Estatal como único órgano facultado para autorizar cambios al nombre, emblema, logotipo, colores o lema del PS" y se incorpora al Consejo Estatal y a la Comisión Permanente como órganos competentes para tomar estas decisiones.
No obstante, el IEE determinó que no procede incluir al consejo estatal en esta disposición, debido a que dicho órgano no forma parte de la estructura de dirección vigente del partido.
CONSEJO ESTATAL, FUERA DE LA ESTRUCTURA VIGENTE
El análisis del organismo electoral establece que el Consejo Estatal "no es un Órgano de Dirección que actualmente se encuentre existente o vigente como parte de la estructura del PS".
El dictamen precisa que los estatutos contienen disposiciones relativas al entonces Consejo Estatal que se encuentran derogadas, por lo que no resulta jurídicamente procedente reconocerlo como un órgano facultado para autorizar modificaciones al nombre, emblema, logotipo, colores o lema del partido.
Por ello, el Consejo General aprobó las modificaciones estatutarias y el cambio de emblema, con excepción de la disposición relacionada con otorgar dichas facultades al Consejo Estatal.

