La convocatoria continuará abierta hasta el 31 de mayo, fecha en la cual se espera contar con el 100 por ciento
Por: Leova Peralta
El Instituto Estatal Electoral (EE) tiene el 65 por ciento de avance del registro de personas interesadas en trabajar como supervisores electorales y capacitadores dentro del proceso electoral extraordinario que se celebrará el 1 de junio, informó el Consejero Presidente, Nery Ruíz Arvizu.
Dicho porcentaje se refiere a mil 115 figuras de las cuales 161 corresponden a supervisores electorales, que son los encargados de coordinar, apoyar y verificar las actividades de asistencia electoral realizadas por las y los capacitadores electorales a su cargo.
CLARIDAD
El resto del total se refiere a 954 personas que participarán como capacitador - asistente electoral local en cada una de las casas distritales, al ser los encargados de llevar a cabo las actividades de asistencia electoral.
"Estamos invitando todos aquellos que quieran sumar, el IEE está manejando dos modelos de reclutamiento, selección y contratación, uno es por designación de personas que participaron el proceso electoral 2023-2024, porque ya tiene experiencia y otro es mediante una convocatoria pública permanente", explicó Ruíz Arvizu.
El presidente del IEE, informó que la convocatoria continuará abierta hasta el 31 de mayo, fecha en la cual se espera contar con el 100 por ciento de supervisores y capacitadores para llevar el proceso electoral del 1 de mayo hasta el 15 de junio de este año.
La aplicación del próximo examen de conocimientos, habilidades y actitudes será el 5 y 6 de abril y posibles fechas posteriores que establecerá el IEE, además se aclara que, si bien el periodo de contratación inicia el jueves 1 de mayo, las entrevistas, designación y publicación de resultados continuarán hasta el sábado 31 de mayo.
Entre los principales requisitos destaca el no haber sido persona condenada por la comisión de un delito doloso, salvo que el antecedente penal hubiere prescrito; no haber sido persona sancionada o condenada mediante resolución firme por violencia familiar o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público; por delitos sexuales contra la libertad sexual o la intimidad corporal; no ser deudor alimentario moroso, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda, y que no cuente con registro vigente en algún padrón de deudores alimentarios.