¿En Sonora se debe sacar licencia para conducir bicicleta? Esto dice la Ley de Tránsito

Es importante que las personas que usan este medio de transporte conozcan sus derechos y obligaciones para una experiencia segura y agradable

Por: Marcela Islas

Cada vez son más las personas en Sonora que optan por la bicicleta como medio de transporte, buscando una movilidad más sostenible y saludable. Si tú eres uno de ellos, es importante conocer tus derechos y obligaciones como ciclista para disfrutar de una experiencia segura y agradable.

DERECHOS

Los ciclistas también tienen derechos y obligaciones como los conductores de vehículos, como los siguientes:

  • Seguridad vial. Tienes derecho a circular por las calles de manera segura. Los automovilistas deben respetar una distancia mínima de 1.5 metros al rebasarte.
  • Prioridad en vueltas. Al dar vuelta, las bicicletas tienen preferencia de paso.
  • Uso exclusivo de ciclovías. Las ciclovías son espacios diseñados exclusivamente para ciclistas, por lo que ningún vehículo motorizado puede circular o estacionarse en ellas.
  • Protección ante infracciones. En caso de una infracción de tránsito, los agentes de seguridad pública solo pueden amonestarte verbalmente.

OBLIGACIONES

Asimismo, es importante acatar las reglas de tránsito y las obligaciones como ciclista para preservar el orden y la seguridad vial en tu localidad como:

  • Debes respetar las señales de tránsito, los semáforos y ceder el paso a los peatones.
  • Evita distracciones como el uso de audífonos o celulares mientras conduces tu bicicleta. No transportes objetos que obstruyan tu visión ni a otras personas si tu bicicleta solo tiene un asiento.
  • Respeta los sentidos de circulación, evita circular en sentido contrario y no utilices carriles exclusivos para transporte público.
  • Equipamiento: Utiliza luces y reflejantes para mejorar tu visibilidad, especialmente durante la noche.

¿NECESITO LICENCIA PARA CONDUCIR BICICLETA EN SONORA?

No, en Sonora no es obligatorio contar con una licencia de conducir para circular en bicicleta. El artículo 26 de la Ley de Tránsito de Sonora determina que:

"Para conducir vehículos de tracción manual, bicicletas, vehículos de tracción mecánica no automotriz y carro de mano, no se requiere licencia, pero no se permitirá que los manejen menores de 12 años".

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