La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad que son constitucionales las modificaciones realizadas en 2023 a las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, con lo que se mantiene la posibilidad de que entidades paraestatales participen simultáneamente en la operación de aerolíneas y terminales aéreas.
La resolución deriva de una impugnación promovida por legisladores de oposición contra el paquete de cambios aprobado el 28 de abril de 2023, jornada que fue denominada “viernes negro” por sus críticos.
EL ALCANCE DE LA RESOLUCIÓN
Con la reforma, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) puede mantener bajo su administración proyectos como Mexicana de Aviación y diversos aeropuertos, entre ellos el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
Uno de los puntos centrales fue eliminar para las empresas paraestatales la restricción que impedía a una aerolínea tener una participación superior al 5 por ciento en una concesionaria aeroportuaria.
Los legisladores que promovieron la acción argumentaron que este esquema podía generar ventajas frente a compañías privadas y afectar las condiciones de competencia. También retomaron advertencias realizadas anteriormente por la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
La Corte, sin embargo, concluyó que la excepción establecida en la legislación no vuelve inconstitucional la norma. De acuerdo con el criterio expuesto durante la sesión, los posibles efectos sobre la competencia dependerían de la aplicación concreta de las disposiciones y de las condiciones existentes en el mercado.
EL PAPEL DE LAS EMPRESAS PARAESTATALES
El proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que los riesgos señalados por los promoventes constituían escenarios hipotéticos y no demostraban, por sí mismos, una inconstitucionalidad de las normas.
El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz señaló además que las empresas paraestatales cumplen funciones vinculadas con el servicio público, por lo que su situación no puede compararse automáticamente con la de compañías privadas con fines comerciales.

