Roxana Ruiz es exentada de culpa por asesinar a su violador

Fiscalía del Estado de México revisó el caso y, bajo parámetros para personas de grupos vulnerables, determinó que la causa había sobreseído

Por: Edel Osuna

Luego de que el 15 de mayo Roxana Ruiz Santiago le fuera dictada sentencia por seis años y dos meses por asesinar y descuartizar a su violador, la Fiscalía General de Justica del Estado de México (FGJEM) determinó la no acción penal en su contra.

El delito que le atribuyó la juez que, en su momento, resolvió el caso, fue homicidio por uso excesivo de la legítima defensa, pues luego de matar a Sinaí Cruz, el hombre que la violó hace dos años, la joven lo descuartizó.

De acuerdo con la decisión, el caso fue analizado, para lo cual tomó en cuenta parámetros para personas que forman parte de grupos vulnerables, y, finalmente, determinó que por la conducta de la sentenciada al momento de los hechos imputados, está exenta de culpa.

La resolución fue dada a conocer a través de un comunicado, luego de que se conociera la sentencia del Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Nezahualcóyotl, en contra de la joven, por lo que el fiscal general del Edomex instruyó a la Fiscalía Central para la Atención de los delitos Vinculados a la Violencia de Género, atraer el caso.

Ahí fue estudiado bajo parámetros metodológicos que deben considerarse cuando se están involucrados personas de grupos vulnerables.

Finalizado el análisis, se resolvió que la condenada actuó en legítima defensa, lo que constituye una causal de sobreseimiento, establecido en el artículo 327, fracción IV del Código Nacional de Procedimientos Penales.

A raíz del resolutivo, el fiscal general ordenó el desistimiento del ejercicio de la acción penal a favor de Roxana Ruiz Santiago.

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