El patrón está obligado a pagar esta prestación a los empleados; sin embargo, si no lo hizo en 2023, te decimos el tiempo límite para reclamarlo
Por: Ofelia Fierros
Diciembre es el mes para pagar el aguinaldo a los trabajadores, una prestación que está respaldada por la ley y cuyo incumplimiento por parte de los patrones tiene consecuencias reguladas por la normativa laboral mexicana.
La Ley Federal del Trabajo ofrece protección al trabajador en casos en los que los patrones se hayan negado a pagar el aguinaldo. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta protección tiene límites temporales, ya que el acceso a esta prestación prescribe después de cierto tiempo.
¿CUÁL ES LA SANCIÓN POR NO PAGAR EL AGUINALDO?
Los patrones que hayan incumplido con el pago del aguinaldo el pasado mes de diciembre pueden enfrentar multas establecidas por el artículo 1002 de la ley laboral.
Según esta disposición, aquellos infractores podrían recibir sanciones económicas que oscilan entre 50 y 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En base al valor de la UMA en 2023, esta multa variaría entre 5 mil 187 y 518 mil 700 pesos. La cantidad exacta dependerá de varios factores, incluyendo si hubo intención deliberada de no pagar el aguinaldo.
¿CUÁNTO TIEMPO HAY PARA RECLAMAR EL AGUINALDO?
Una duda común entre los trabajadores es si es posible reclamar el aguinaldo de años anteriores. La Ley Federal del Trabajo, específicamente en su artículo 516, establece límites de tiempo para acciones legales en caso de incumplimiento por parte del empleador.
En el caso del aguinaldo, el plazo máximo para reclamarlo e interponer una denuncia por su no pago es de un año.
Por ejemplo, el aguinaldo correspondiente al año 2023 prescribe el 20 de diciembre de 2024. Por lo tanto, si un patrón se niega a otorgar esta prestación, se recomienda no dejar pasar más de un año antes de presentar la denuncia correspondiente.
¿SE PUEDE NEGAR EL AGUINALDO SI LA EMPRESA NO TUVO UTILIDADES?
Una pregunta frecuente es si una empresa puede negar el aguinaldo en caso de falta de utilidades. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) es clara al respecto: el aguinaldo es un derecho irrenunciable para los trabajadores, independientemente de cualquier otra prestación. Los patrones no pueden argumentar dificultades económicas o falta de utilidades de la empresa para negar o reducir el pago del aguinaldo. Este derecho está respaldado por la ley y debe ser respetado por los empleadores.