Los símbolos patrios representan los valores supremos de México. No son un simple emblema: condensan historia, identidad y memoria colectiva. Por ello, la ley es clara en cuanto a su respeto y uso adecuado.
Con el Día de la Bandera cerca, que se conmemora cada 24 de febrero desde 1934, conviene recordar qué está permitido y qué puede salir caro si se incumple.
De acuerdo con la Constitución, la Bandera Nacional es un rectángulo dividido en tres franjas verticales iguales en color verde, blanco y rojo, con el Escudo Nacional en el centro de la franja blanca. Alterar sus proporciones, colores o elementos oficiales constituye una infracción.
El Código de Justicia Militar establece en su artículo 397, fracción II, que quien custodie una bandera o estandarte y no la defienda en combate puede enfrentar penas de 30 a 60 años de prisión. Además, el artículo 280 contempla hasta un año y seis meses de cárcel a quien ultraje la bandera.
En el ámbito civil, el Código Penal Federal señala en su artículo 191 que quien ultraje el Escudo o la Bandera Nacional, ya sea de palabra o de obra, puede recibir de seis meses a cuatro años de prisión, multa o ambas sanciones.
El artículo 192 añade que el uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales puede castigarse con prisión de tres días a un año y multa.
Por su parte, la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, publicada en 1984, detalla las reglas específicas sobre su reproducción, comercialización y actos de respeto.
¿CUÁLES SON LAS SANCIONES POR HACER MAL USO DE LA BANDERA?
La legislación mexicana contempla distintas consecuencias dependiendo de la falta:
- Amonestación o apercibimiento por infracciones menores.
- Multas económicas que pueden alcanzar hasta 10 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
- Arresto hasta por 36 horas en casos administrativos.
- Prisión de tres días a cuatro años, según la gravedad del ultraje o uso indebido.
- Decomiso de productos que reproduzcan ilícitamente la Bandera, el Escudo o el Himno Nacional.
- En el ámbito militar, penas de 30 a 60 años de prisión si se incumplen deberes de custodia en combate.
Entre las conductas prohibidas se encuentran: modificar las características oficiales de la bandera, usarla con fines comerciales sin autorización, inscribir nombres o logotipos para promover productos o servicios, omitir rendir honores en actos oficiales o portar la banda presidencial sin facultad legal.
La ley no deja espacio a interpretaciones ligeras. El respeto a la Bandera Nacional no es opcional ni simbólico; tiene respaldo jurídico.
En el Día de la Bandera, más allá de la ceremonia y el protocolo, tiene como propósito honrarla, pero también significa conocer las normas y evitar acciones que puedan derivar en sanciones.




