El reciente caso de Stella "N" en Coahuila abrió un debate nacional sobre la correcta aplicación del delito de violencia vicaria y, en particular, sobre si los hombres pueden ser considerados víctimas de este tipo penal en México.
La discusión se intensificó luego de que la titular de la Secretaría de las Mujeres, Citlalli Hernández Mora, calificara como injusta la vinculación a proceso de la médica, tras una denuncia presentada por su exesposo.
CASO DE STELLA N, ACUSADA DE VIOLENCIA VICARIA
Stella "N" compareció ante el juez de control Reynold Elguézabal, quien le notificó imputaciones relacionadas con presunto maltrato infantil y violencia vicaria.
La denuncia fue interpuesta por su exesposo, Jhonny Emanuel Robles Martínez, también médico y fundador del colectivo Padres por la Verdad.
Inicialmente, el juez ordenó como medida cautelar el arresto domiciliario, argumentando riesgo de fuga debido a que la imputada reside en Colima, entidad a la que regresó para trabajar luego de que el padre de sus hijos se negara a cubrir gastos alimenticios y de salud.
Posteriormente, la medida cautelar fue modificada para que la mujer únicamente acuda a firmar de manera periódica ante un juzgado en Colima.
SEÑALAMIENTOS POR CASO DE STELLA "N"
No obstante, la vinculación a proceso generó fuertes cuestionamientos de colectivos feministas, quienes señalaron que el marco legal de Coahuila desvirtúa el origen y sentido de la violencia vicaria como una forma de violencia de género.
Hernández Mora explicó que limitar este delito a mujeres como víctimas no constituye discriminación contra los hombres, ya que ellos cuentan con otros tipos penales para su protección.
De acuerdo con la funcionaria federal, la imputación contra Stella "N" se basó en una definición errónea de la violencia vicaria, figura jurídica creada para sancionar una forma específica de agresión ejercida contra las mujeres.
Hernández Mora aseguró que existe comunicación directa con la doctora, quien incluso fue sometida a arresto domiciliario previo a su audiencia de vinculación, y adelantó que se buscará el diálogo con la Fiscalía General de Coahuila y con el Tribunal de Justicia del estado para corregir lo que calificó como una injusticia.
"Para que no vuelva a pasar en este país que se utilice de manera equivocada y que se violen los principios constitucionales, vamos a buscar a todos los congresos locales para homologar este tipo penal. Queda claro que esta violencia sólo se ejerce contra las mujeres y que ninguna autoridad tendría que utilizarla para favorecer a algún hombre", sostuvo la secretaria.
Además, subrayó que la legislación no deja en indefensión a niñas, niños y adolescentes, pues su protección es una obligación reforzada del Estado mexicano.
¿HOMBRES NO PUEDEN SER SEÑALADOS COMO VÍCTIMAS DE VIOLENCIA VICARIA?
La funcionaria recordó que la violencia vicaria está definida en el artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, donde se establece que este delito busca sancionar a quien cause daño a una mujer a través de sus hijas, hijos o personas cercanas.
Añadió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya resolvió que este tipo de violencia se ejerce mayoritariamente contra mujeres, en cerca del 90 por ciento de los casos. En paralelo, el Congreso de Coahuila analiza posibles reformas a su legislación local.
La presidenta de la Junta de Gobierno, Luz Elena Morales Núñez, afirmó que revisarán los criterios de la SCJN, aunque recordó que el Código Penal estatal actualmente permite procesar a cualquier persona por este delito sin distinción de género.
Un debate que, lejos de cerrarse, pone sobre la mesa la urgencia de armonizar las leyes y evitar interpretaciones que vulneren derechos fundamentales.




