El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) modificará el mecanismo utilizado por los patrones para identificarse y realizar trámites electrónicos. A partir del 17 de julio de 2026 comenzará la transición hacia el uso exclusivo de la e.firma expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Con este cambio desaparecerán gradualmente el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y el Certificado Digital emitido por el propio IMSS, herramientas que hasta ahora permitían ingresar a plataformas como IMSS Desde su Empresa (IDSE).
La medida fue establecida mediante un acuerdo publicado el 16 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), como parte de la estrategia para modernizar y simplificar los trámites administrativos del Instituto.
¿Cuándo será obligatoria la e.firma ante el IMSS?
Aunque las nuevas disposiciones entran en vigor el 17 de julio, los patrones tendrán un periodo de transición de 90 días naturales para migrar al nuevo sistema.
Durante ese plazo podrán utilizar tanto el NPIE y el Certificado Digital del IMSS como la e.firma del SAT. Una vez finalizado el periodo, esta última será el único mecanismo válido para identificarse y efectuar trámites patronales por internet.
Por esta razón, el IMSS recomienda a los empleadores revisar desde ahora que su e.firma se encuentre vigente. En caso de estar vencida, deberán renovarla ante el SAT para evitar dificultades al utilizar los servicios digitales.
¿Qué requisitos se necesitan?
Para ingresar al Escritorio Virtual del IMSS, los patrones deberán contar con:
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- e.firma vigente expedida por el SAT.
- Archivos digitales y contraseña correspondientes.
- Registro en el Escritorio Virtual del IMSS.
La e.firma tiene los mismos efectos jurídicos que una firma autógrafa, por lo que permite acreditar la identidad del usuario y dar validez legal a las gestiones realizadas por internet.
Además, la vinculación de representantes legales deberá efectuarse exclusivamente mediante el Escritorio Virtual.
¿En qué trámites se utilizará?
Entre los procedimientos patronales para los que podrá requerirse la e.firma se encuentran el alta patronal y la inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo, así como la reanudación de actividades de personas físicas o morales.
También se utilizará para solicitar la asignación del Registro Patronal Único (RPU), mediante el cual una empresa puede agrupar varios registros patronales, y para ingresar a sistemas donde se reportan movimientos afiliatorios de trabajadores, como altas, bajas y modificaciones salariales.
¿Qué sucederá con los trámites iniciados anteriormente?
Los procedimientos presentados antes de la entrada en vigor de las nuevas reglas continuarán resolviéndose conforme a las disposiciones vigentes en el momento en que fueron iniciados.
El Instituto también podrá seguir solicitando temporalmente copias simples en papel para entregar acuses de recibo. Esta práctica se eliminará cuando entre en operación el expediente digital correspondiente.
La eliminación del NPIE no será inmediata: los empleadores dispondrán de los 90 días establecidos para revisar sus accesos, actualizar su e.firma y realizar la transición sin interrumpir el cumplimiento de sus obligaciones ante el Seguro Social. La información se desprende del acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.





