La Fiscalía General de la República mantiene bajo resguardo, en una ubicación no revelada, el cuerpo de Nemesio Oseguera Cervantes, alias "El Mencho", líder del Cártel Jalisco Nueva Generación, luego de que hasta el momento ningún familiar haya solicitado oficialmente la entrega de los restos.
De acuerdo con fuentes ministeriales, la custodia se realiza bajo un operativo permanente a cargo de la Guardia Nacional, con el objetivo de evitar cualquier intento de sustracción por parte de grupos delictivos, como ha ocurrido en otros casos de alto perfil.
Las autoridades señalaron que ningún pariente directo ha acudido ante el Ministerio Público de la Federación para acreditar parentesco y reclamar el cuerpo. Para que proceda la entrega, es indispensable presentar documentación oficial que compruebe el vínculo familiar.
En este caso, varios de sus familiares cercanos se encuentran presos en Estados Unidos o cuentan con órdenes de aprehensión vigentes, lo que podría dificultar el proceso.
El periodo legal para la entrega inició la tarde del lunes 23 de febrero, una vez concluida la identificación plena del cadáver.
PROCESO DE IDENTIFICACIÓN FORENSE
La confirmación de identidad se realizó mediante un procedimiento pericial multidisciplinario. Especialistas en medicina forense practicaron la necropsia correspondiente y documentaron rasgos físicos.
La dactiloscopía cotejó huellas con registros oficiales, mientras que genética forense obtuvo perfiles de ADN para compararlos con bases de datos y posibles familiares. Asimismo, la odontología analizó piezas dentales y antecedentes de tratamientos. La documentación fotográfica y el registro de señas particulares complementaron el expediente, garantizando la cadena de custodia.
¿QUÉ OCURRE SI NO ES RECLAMADO?
Con base en el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General de Salud, cuando un cuerpo no es reclamado, se aplican protocolos específicos para su preservación, identificación y destino final.
Durante su estancia en el Servicio Médico Forense se recaban huellas, muestras genéticas y registros que permitan futuras diligencias. Si no existe una reclamación formal, el destino habitual es la inhumación en fosa común. La cremación únicamente procede bajo supervisión sanitaria y en circunstancias determinadas.
El periodo de resguardo no está establecido de manera rígida; generalmente ronda los 15 días, aunque el Ministerio Público puede ampliarlo en coordinación con autoridades sanitarias y periciales.




