Para la solicitud, es necesario contar con 150 semanas de cotización, estar vigente ante el IMSS y el expediente de identificación del trabajador
Por: Andrés Manuel Contreras Alaniz
Es común que surja la pregunta sobre la posibilidad de retirar dinero de la Afore. Sin embargo, antes de considerar esta opción, es fundamental comprender los tipos de retiros disponibles y cuál se ajusta mejor a tus necesidades financieras.
La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) destaca que el retiro anticipado de los fondos de la Cuenta Afore está permitido únicamente en dos circunstancias: por matrimonio y por desempleo.
RETIRO POR MATRIMONIO
Este tipo de retiro parcial puede solicitarse una única vez en la vida del titular de la cuenta. El monto a retirar se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al momento de la celebración del matrimonio civil, por un período de 30 días.
Para realizar esta solicitud, es necesario contar con al menos 150 semanas de cotización, estar vigente ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tener actualizado el expediente de identificación del trabajador.
La gestión de la solicitud puede realizarse a través del portal e-sar.com.mx, presentando la Pre-solicitud de Retiro Parcial por Ayuda para Gastos de Matrimonio para obtener la Clave Única de Servicio, o acudiendo directamente a una sucursal de la Afore.
Una vez presentada la solicitud, la Afore se encargará de gestionar el trámite ante el IMSS para obtener el certificado del derecho al Retiro Parcial por Ayuda para Gastos de Matrimonio. Posteriormente, los recursos serán entregados vía depósito o orden de pago en un plazo máximo de 5 días hábiles.
RETIRO POR DESEMPLEO
Este tipo de retiro parcial está disponible para los afiliados que hayan estado desempleados durante al menos 46 días naturales. Para ser elegible, la cuenta de ahorro debe tener al menos tres años de antigüedad y un mínimo de 2 años de cotización al IMSS.
Si la cuenta tiene más de cinco años de antigüedad, el retiro será de 90 días de Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas, o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, según sea menor.
Es importante tener en cuenta que al realizar este tipo de retiro se descontarán semanas cotizadas, lo que podría impactar en la pensión futura del trabajador. Sin embargo, es posible reintegrar posteriormente los recursos retirados para recuperar las semanas de cotización descontadas.
Por ello, la Consar enfatiza la importancia de analizar detenidamente la conveniencia de realizar un retiro parcial por desempleo, ya que podría afectar el monto de la pensión a futuro.