El integrante de la agrupación RBD modificó el lábaro patrio sustituyendo colores nacionales por los de la comunidad LGBTQ+
Por: Edel Osuna
Christian Chávez no se cansa de meterse al ojo del huracán, ya que además de alterar el traje típico de charro, al portar uno color rosa y calzando tenis, ahora tuvo la flamante ocurrencia de alterar la bandera nacional.
De acuerdo con un video que circula en redes sociales, durante una presentación en Estados Unidos, el integrante del grupo RBD sacó una bandera de México, pero con los colores verde y rojo, oficiales, sustituidos por varios.
Y es que estos estos colores fueron reemplazados con los que componen la bandera que identifica a la comunidad LGBTQ+, lo que desató la furia de los internautas mexicanos, quienes exigen un castigo para el artista.
¿QUÉ DICE LA LEY?
Luego de que el incidente se propagara en redes, usuarios de redes demandaron un castigo para Christian, conforme a lo establecido en las leyes.
Y uno de los comentarios de los internautas señala: “Se respeta sus ideologías y preferencias, pero no se que opine la Secretaría de Gobierno sobre la alteración a la Bandera de México”.
Conforme a la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, el artículo 3 establece las características de la bandera nacional, que son: un rectángulo dividido en tres franjas verticales, con los colores verde, blanco y rojo, con el escudo nacional en el centro.
Además, en el artículo 56 se establece que la alteración de la bandera mexicana es ilícito, y en el 56 Quintus señala que los infractores podrían ser sancionados con una multa de hasta 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) y un arresto por 36 horas.
Por otra parte, y de acuerdo con el Código Penal Federal, el artículo 191 señala que “al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de cincuenta a tres mil pesos o ambas sanciones, a juicio del juez”.
En tanto que el artículo 192 del mismo código, establece que “al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de veinticinco a mil pesos”.