El SAT en Cajeme ofrecerá facilidades para la declaración anual con extensión de horario

El Servicio de Administración Tributaria tendrá horario extendido y mejoras para el cumplimiento fiscal

El SAT en Cajeme ofrecerá facilidades para la declaración anual con extensión de horario

Con la finalidad de que las personas físicas en Cajeme puedan presentar su declaración anual de 2024 antes del 30 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la localidad informó que del 21 al 25 de abril las oficinas extenderán su horario, laborando de 8:30 a 18:00 horas.

En rueda de prensa, Luz Estela López, titular de la Administración Desconcentrada del SAT, y Daniel Grajea, administrador del Área de Recaudación, dieron a conocer que el SAT implementó actualizaciones y mejoras en los diferentes regímenes para facilitar el cumplimiento de la Declaración Anual de las Personas.

Entre estas mejoras se destaca que para quienes se encuentran bajo el régimen de confianza, su información ya viene precargada en la declaración. Además, aquellos que hayan presentado todas sus declaraciones mensuales podrían estar relevados de presentar su declaración anual, aunque deben hacerlo si han optado por hacer su pago de impuesto a través de un coeficiente de utilidad o porque tienen otro tipo de ingresos.

imagen-cuerpo

Se añadió que la información de cada contribuyente se encuentra precargada con sus pagos provisionales, facturas emitidas y recibidas, descuentos realizados o devoluciones, por lo que solo deben ingresar al formato de declaración, revisar, aceptar y enviarlo.

Otra mejora es la implementación de campos para acreditar el ISR de fideicomisos y detalles sobre sueldos y salarios. A partir del 21 de abril, se ampliará el horario de atención para ayudar a los contribuyentes. Además, si se debe pagar, se permite hacerlo en hasta seis parcialidades con un pago inicial del 20 por ciento, que debe abonarse antes del 30 de abril.

"¿Quiénes están obligados a presentar la declaración? Pues todas las personas que obtengan ingresos por actividades como sueldos y salarios, quienes reciben ingresos de un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre, así como aquellos que tuvieron ingresos por distintos salarios, personas físicas que trabajan con dos empleadores simultáneamente, quienes obtuvieron un salario por ingresos del extranjero y aquellos que recibieron una indemnización", señaló Luz Estela López.

Finalmente, recordó que por Semana Santa, las oficinas estarán cerradas los días Jueves y Viernes Santos, retomando las actividades el lunes 21 de abril con el horario extendido.